Por Silvia Velasco Chano | Diciembre de 2022
Un grupo social ha solicitado al gobierno ecuatoriano actual la condonación de deudas adquiridas en la banca pública por montos de hasta US$10,000. Condonar significa perdonar de acuerdo al Diccionario de la lengua española. Estos créditos fueron concedidos hace muchos años atrás y según voceros de estos grupos, el cumplimiento de obligaciones se vio afectado por la pandemia. Analizamos la condonación de intereses y gastos legales aplicado en 2018 y vemos que la recuperación del capital a la fecha no fue la esperada. Esto evidencia la necesidad de contar entre otros, con una normativa específica para dichos procesos.

El desarrollo del paro
Un grupo de organizaciones sociales liderado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador CONAIE convocó un paro nacional indefinido que se desarrolló del 13 al 30 de junio de 2022 como resultado de la oposición a las políticas del gobierno en su primer año de mandato.
La CONAIE presenta diez demandas al inicio del paro y después de 18 días de movilizaciones se firma un “Acta por la paz” con mediación de la Conferencia Episcopal Ecuatoriana. Esta Acta describió compromisos que dieron paso al cese de movilizaciones e inicio de mesas de diálogo a ser completadas en un plazo de 90 días.
Una de las diez demandas: Condonación a deudores de banca pública

La lista de Demandas de la movilización popular y plurinacional como las llamó su firmante, el Presidente de la CONAIE, incluía: “Moratoria de deudas de banca pública, privada y cooperativa. Condonación de deudas de pequeños y medianos productores del campo”, demanda objeto de análisis en este documento.
El 18 de junio el gobierno acoge ciertas iniciativas en Decreto Ejecutivo 456 cuyo literal 4 indica “Disponer al directorio de Banecuador B.P. implementar conforme sus facultades y mediante instrumento jurídico pertinente, instrumentalizar: 1.- Reducción de la tasa de interés del 10% al 5% para créditos vigentes con dicha entidad, por montos hasta US$3,000; y, 2.- Condonación de todos los créditos vencidos al 31 de mayo 2022, por montos hasta US$3,000 de saldo capital.” En 12 de julio con Decreto 488 se reforma el original y lo complementa: “condonación conforme lo dispuesto en el artículo 207.1 del Código Orgánico Monetario y Financiero COMyF y demás normativa aplicable, que no cuente con garantías reales para su ejecución.”
El artículo 207.1 del COMyF se crea en la Ley Orgánica para el Desarrollo económico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia con publicación en R.O.No.587 de 29 de Noviembre 2021, como resultado además de una propuesta del Ejecutivo que entró en vigencia por el ministerio de la ley tras una polémica generada por las distintas bancadas de la Asamblea nacional. La mesa técnica No.2 Banca pública y privada, generó el 18 de julio un Acta en la cual firmaron: la CONAIE, la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras FENOCIN, el Consejo de Pueblos y Organizaciones Indígenas Evangélicos del Ecuador FEINE, el Directorio de BanEcuador, la Junta de Política y Regulación Financiera; y, el directorio de la Corporación Nacional de Finanzas Populares y Solidarias CONAFIPS.
Los acuerdos alcanzados en la mesa de diálogo
Entre los acuerdos alcanzados en materia de condonación a deudores específicamente, se presenta a continuación lo siguiente:
En base al Decreto 456, el directorio de Banecuador implementará conforme a sus facultades y mediante instrumento jurídico pertinente la aprobación de condonación de créditos vencidos hasta el 31 de mayo de 2022 de los clientes con deudas hasta US$3,000. Esta condonación incluye intereses, intereses de mora y gastos legales; la base de clientes será notificada a la Superintendencia de Bancos, por ende ya no aparecerán en el buró de créditos; una vez condonado el crédito, se eliminan las medidas dictadas dentro de los procesos de coactiva.
Se cumplirá con lo que dispone el artículo 196 de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad fiscal tras la pandemia Covid-19, que agrega el artículo 207.1 al COMyF, disponiendo la condonación de obligaciones de las entidades financieras públicas por un monto de capital de hasta US$10,000 más intereses, costas y comisiones, y que sean considerados irrecuperables, dirigido a crédito productivo y microcrédito.
Afinamiento de la normativa sobre aplicación de condonación
El 22 de noviembre de 2022 la Junta de Política y Regulación Financiera emite la Resolución No.JPRF-F-2022-045 que textualmente indica: “Art. 5.1.- Para la aplicación del artículo 207.1 del COMyF, Libro I, por parte de las entidades financieras públicas, se entenderá como irrecuperables los créditos o activos de préstamos con calificación “E”, castigados o no, que se encuentren provisionados en un 100% de su valor registrado en libros y se hayan efectuado las acciones necesarias para su recuperación. Las entidades deberán reportar las condonaciones a la Superintendencia, en formatos que ésta establezca para el efecto, la cual informará al Servicio de Rentas Internas.”
Análisis de la condonación de intereses y gastos legales de 2018
Banecuador ha reportado a la ciudadanía la condonación de créditos vencidos de aproximadamente 27.000 clientes con deudas de hasta US$3,000 que suman US$59 millones. Con el objeto de analizar los procesos de condonación de la banca pública, establecimos contacto con funcionarios de Banecuador para solicitar información de dichas operaciones.
La información proporcionada fue la base de operaciones de crédito beneficiarios de un proceso de condonación de intereses y gastos legales en el año 2018. Como resultado encontramos que el total de intereses y gastos legales condonados fue de US$8 millones, de una cartera total de aproximadamente US$24 millones. Seguidamente, con el objeto de identificar si el capital de dichos créditos ha sido recuperado a la presente fecha, solicitamos la base de operaciones vigente, a partir de la cual concluimos que el total vencido al corte de septiembre de 2022, asciende a US$1,8 millones entre saldos castigados, vencidos y que no devengan intereses, con lo que se observa que el proceso de condonación de intereses y gastos legales del año 2018, no necesariamente implica una correlación con la recuperación del principal de cada operación1.
La gestión de recuperación en la banca pública
Una vez procesada esta información y discutida con los funcionarios de la institución, nos indicaron que Banecuador no cuenta con una capacidad operativa que le permita hacer el seguimiento de campo a la totalidad de sus clientes: a la fecha de emisión de este trabajo existen aproximadamente 320,000 operaciones de cartera; el Banco además atiende un segmento que no atiende la banca convencional, entre otros, son factores que como nos indicaron, contribuyen a que la cartera a la fecha tenga un mayor deterioro respecto de la banca tradicional.

Dado que más del 70% de créditos concedidos corresponden a créditos de largo plazo de actividades agrícola y pecuaria, los períodos de gracia y de frecuencia de pago difieren en cada operación principalmente debido al giro de cada actividad. Mayores períodos de gracia reducen la probabilidad de contacto y seguimiento de beneficiarios, con el consecuente incumplimiento y el deterioro de la cartera.
Por tanto, a partir de una pequeña muestra de información podemos observar que la condonación de intereses y gastos legales efectuada en el 2018 no fue motivación suficiente para que los beneficiarios cumplan sus obligaciones contractuales del capital de cada operación: aproximadamente un 12% del total cayó en vencimientos.
¿Cómo ejecutar un proceso de condonación a clientes de la banca pública?
Una condonación se debe analizar minuciosamente desde lo técnico y jurídico: cada segmento de cartera se califica con una metodología diferente, se deben estimar las provisiones necesarias y demás, con el objetivo de reducir al máximo el reconocimiento de la pérdida, ya sea intereses, capital o costas.
Si bien la propuesta de condonación de operaciones de hasta US$10,000 tiene su origen en la Ley Orgánica para el Desarrollo económico y sostenibilidad fiscal tras la pandemia, propuesta por el Ejecutivo, este proceso debe tener claramente sustentados los resultados cuantitativos y cualitativos esperados: montos de recuperación, indicadores de morosidad, requerimientos de capitalización, inclusión financiera, dinamización de la economía, entre otros, pues estas decisiones podrían resultar en una desmejora de la calidad de la cartera, con los consecuentes efectos sobre los patrimonios técnicos de las instituciones involucradas.
La Ley que faculta la condonación…
El Ejecutivo en esta ocasión cedió ante las presiones de las organizaciones sociales. Si bien existe una Ley Orgánica y un Decreto que respaldan esta decisión, no se puede politizar la administración de recursos del Estado. Los recursos con los que se fondea BanEcuador son del público y por esa razón se debe actuar con prudencia financiera y tomar en consideración además entre otros, la estabilidad del sistema financiero y de la dolarización.
… y las condonaciones a lo largo de la historia
Históricamente, los pedidos de condonación se han aplicado por eventos naturales como inundaciones y similares que reúnan las características de imprevisto, imprevisible e irresistible, es decir, caso fortuito. En esta ocasión el sector indígena y campesino apeló a la pandemia del coronavirus como caso fortuito.
Este tipo de prácticas han permitido a los encargados del Poder Ejecutivo sopesar el costo fiscal versus el beneficio político de reducir el caos social. Es necesario evaluar la necesidad de mantener esta normativa con su correspondiente reglamentación, con el objeto de poner estos acuerdos excepcionales de condonación y alivio financiero en práctica.
No podemos caer en el chantaje de una mal concebida paz social a cambio de una condonación a un segmento específico de deudores, proceso que a simple vista refleja discriminación, pues hablamos de un precedente nefasto para aquellos deudores que a pesar de muchas adversidades cumplen con sus obligaciones.
Lo que nos debe la banca pública
Como tarea pendiente requerimos a las instituciones que conforman la banca pública, el histórico de todos los procesos de condonación aplicados en el país (capital, intereses, costas, plazos, etc) debidamente clasificados por unidad geográfica, sector económico, tipo de crédito, segmento al que pertenece; y debidamente detallados en información antes y después de aplicada la condonación.
Este detalle debería contener al menos las condiciones originales del crédito: capital, plazo, tasa de interés; y, montos de recuperación de capital e intereses cuando aplique, calificación al momento de la condonación, saldos a la fecha de condonación, etc.
Finalmente, se debe verificar si un beneficiario de algún proceso de condonación ha recibido un nuevo crédito y cuál ha sido su comportamiento. Esta información servirá de insumo para el diseño de una normativa o una política pública que involucre un posible proceso de condonación futuro. Estaremos pendientes de esta valiosa información para los ecuatorianos.
1 La información proporcionada no contenía datos personales como número de identificación, nombres, etc.